Para despedir a una Empleada de Hogar existen varias opciones y procedimientos.
La nueva regulación de fecha 6 de septiembre de 2022 sobre empleadas del hogar aprobada el día 6 de septiembre de 2022 modifica, entre otras cuestiones, la forma de proceder al despido de un trabajador en el servicio del Hogar Familiar.
Establece la nueva regulación del año 2022, que cuando un empleador no quiere que su empleado o empleada de hogar trabaje más en su domicilio, tiene dos formas de hacerlo:
Despido disciplinario
Mediante notificación escrita y por las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores, si la trabajadora ha cometido una sanción grave, se la puede dar una carta de despido disciplinario. Pudiendo la empleada de hogar, en el caso de no estar conforme con las causas alegadas de despido, impugnar esta decisión del empleador, ante los tribunales.
Al despedir al empleado del servicio doméstico por esta opción, si no se llega a un acuerdo en el acto de conciliación previo, se deberá acreditar ante el juez de lo social todos los hechos que se han expuesto en la carta de despido y será éste el que determine si la falta cometida se puede considerar tan grave como para proceder a despedir a la empleada de hogar a través del despido disciplinario.
Despido improcedente
Si por el contrario el juez considera que no se ha podido acreditar que la trabajadora haya cometido ninguna sanción tan grave como para proceder al despido disciplinario, el mismo será declarado improcedente, en cuyo caso se le deberá abonar una indemnización consistente en 33 días por año de servicio, con el límite de 24 mensualidades.
Pero la ley también recoge que la relación laboral puede extinguirse, por alguno de los siguientes motivos si están justificados
- Disminución de los ingresos o aumento de los gastos de la unidad familiar
- Modificación sustancial de las necesitadas de la unidad familiar que justifique el despido de la empleada del hogar
- El comportamiento de la trabajadora que fundamente de manera razonable la pérdida de confianza de la empleadora
En este tipo de resolución del contrato, tiene una indemnización de 12 días por año de servicio con el límite de 6 mensualidades. Los periodos inferiores a un año, esto es los meses trabajados, se le abonará un día de salario por cada mes trabajado.
Pero hay que tener en cuenta que en este tipo de cartas, para rescindir la relación laboral con la empleada de hogar, se deben cumplir una serie de formalidades, como son que se ha de notificar por escrito, que ponga claramente la voluntad de rescindir el contrato y los motivos que justifican esta rescisión, junto con la carta, se debe entregar el importe de la indemnización y se ha de dar un preaviso a la trabajadora doméstica de 7 días si lleva menos de un año o de 20 días si lleva mas de un año.
En caso de no querer darle el preaviso, se podrá sustituir el mismo por una indemnización equivalente a los salarios de dicho período.
Como novedad en la nueva ley se introduce que para este tipo de despidos, durante el periodo de preaviso, aquellas trabajadoras que presten servicio a jornada completa, tienen derecho a una licencia de seis horas a la semana para buscar trabajo, debiendo abonar estas horas como horas de trabajo.